¿Ha dicho «propiedad intelectual»? Es solo un espejismo seductor
por Richard StallmanSe ha puesto de moda meter en el mismo saco el copyright, las patentes y las marcas (tres entidades independientes y diferentes que implican tres marcos legales separados y diferentes) y, añadiendo una docena de leyes, llamarlo todo «propiedad intelectual». Esta expresión confusa y engañosa no ha surgido por casualidad. La han promovido empresas que se benefician de la confusión que provoca. La mejor manera de aclarar esta confusión es rechazando totalmente esta terminología.
Según el profesor Mark Lemley, quien enseña a la fecha en la Facultad de Derecho de Stanford, el uso generalizado del término «propiedad intelectual» es una moda que comenzó en 1967, cuando se fundó la Organización Mundial de la «Propiedad Intelectual» (u OMPI, por sus siglas), y solo se ha vuelto realmente común en los últimos años. (La OMPI es formalmente una organización de la ONU, pero de hecho representa los intereses de los titulares de copyright, patentes y marcas). Su uso extendido data de alrededor de 1990. (copia local de la imagen).
Esta terminología conlleva un prejuicio malicioso que no es difícil de ver: sugiere que pensemos en el copyright, las patentes y las marcas por analogía con los derechos de propiedad sobre los objetos físicos (analogía que está reñida con la filosofía de la ley del copyright, de las patentes y de las marcas, pero solo los especialistas lo saben). De hecho, estas leyes difieren bastante de la legislación sobre la propiedad de los objetos físicos, pero el uso de esta expresión induce a los legisladores a cambiarlas para que resulten más parecidas a esta última. Como este es el cambio que quieren las compañías que controlan el copyright, las patentes y las marcas, «propiedad intelectual» les viene muy bien.
Este prejuicio malintencionado es un motivo suficiente para rechazar la expresión, y muchos me han pedido que proponga algún otro nombre para esta categoría, o han propuesto sus propias alternativas (a menudo irónicas). Tales sugerencias incluyen IMP (Imposed Monopoly Privileges) y GOLEM (Government-Originated Legally Enforced Monopolies) [1]. Algunos hablan de «regímenes de derechos exclusivos» (exclusive rights regimes), pero refiriéndose a las restricciones como «derechos» también con un doble sentido.
Algunos de estos nombres alternativos serían una mejora, pero es un error sustituir «propiedad intelectual» por cualquier otra expresión. Un nombre diferente no solucionaría el problema principal de la expresión: la generalización excesiva. No existe esa cosa unificada que se llama «propiedad intelectual», es un espejismo. El único motivo por el que la gente cree que tiene sentido como una categoría coherente es que el uso generalizado de la expresión ha creado confusión con respecto a las leyes en cuestión.
El término «propiedad intelectual» es a lo sumo un cajón de sastre donde se meten leyes dispares. Los legos que oyen cómo se aplica una sola expresión a estas leyes diferentes tienden a dar por sentado que están basadas en un principio común, y que funcionan de manera similar.
Nada más lejos de la realidad. Estas leyes se originaron de forma separada, se desarrollaron de diferente manera, regulan actividades diferentes, tienen diferentes normas y suscitan diferentes cuestiones de política pública.
Por ejemplo, la ley de copyright fue diseñada para promover la autoría y el arte, y se aplica a los detalles de la expresión de una obra. La ley de patentes iba dirigida a alentar la publicación de ideas útiles, al precio de ceder un monopolio temporal sobre la idea a quien la publica, un precio que puede merecer la pena pagar en unos campos y no en otros.
La ley sobre las marcas registradas, en cambio, no estaba destinada a promover ninguna actividad en particular, su objetivo era simplemente hacer que los compradores supieran qué estaban comprando. Sin embargo, los legisladores, bajo la influencia de la «propiedad intelectual» la han convertido en un esquema que proporciona incentivos para la publicidad. Estas son solamente tres de las muchas leyes a las que se refiere la expresión.
Dado que estas leyes evolucionaron de manera independiente, son muy diferentes tanto en todos sus detalles como en sus métodos y objetivos básicos. Así pues, si uno aprende algo sobre la ley de copyright, será prudente suponer que es diferente de la ley de patentes. ¡Difícilmente se equivocará!
En términos prácticos, casi todas las aserciones generales formuladas con la expresión «propiedad intelectual» son falsas. Por ejemplo, nos encontramos con reclamaciones que afirman que «su» finalidad es «promover la innovación», pero esto solo se aplica a la ley de patentes y, quizás, a los monopolios sobre las variedades de plantas. La ley de copyright no está relacionada con la innovación: una canción popular o una novela tienen copyright aun cuando en ellas no haya nada de innovador. La ley sobre las marcas registradas no está relacionada con la innovación: si abro una tienda de té y la llamo «Té rms», ese nombre es una sólida marca registrada aun si vendo el mismo té y de la misma manera que cualquier otra tienda. La ley sobre el secreto comercial no está relacionada con la innovación, salvo de manera marginal: la lista de clientes de mi tienda de té sería un secreto comercial que no tiene nada que ver con la innovación.
Nos encontramos también con afirmaciones de que la «propiedad intelectual» está relacionada con la «creatividad», pero en realidad eso tiene que ver únicamente con la ley de copyright. Para obtener una invención que se pueda patentar se necesita algo más que la creatividad: el nombre «Té rms» no es para nada creativo, como así tampoco lo es mi lista de clientes de la tienda.
La gente suele decir «propiedad intelectual» cuando en realidad se refiere a un grupo mayor o menor de leyes. Por ejemplo, a menudo los países ricos imponen leyes injustas a los países pobres para sacarles el dinero. Algunas de estas se encuentran entre las leyes llamadas de «propiedad intelectual» y otras no; sin embargo, los críticos de esta práctica a menudo se atienen a esta etiqueta porque les resulta familiar. Usándola, tergiversan la naturaleza del asunto. Sería mejor usar una expresión más precisa, como «colonización legislativa», que apunta al meollo de la cuestión.
Los legos no son los únicos a quienes confunde esta expresión. Incluso profesores de Derecho que enseñan estas leyes se embelesan y embrollan con la encantadora expresión «propiedad intelectual», y hacen afirmaciones generales que contradicen hechos que conocen. Por ejemplo, un profesor escribió en 2006:
A diferencia de sus descendientes, que ahora deambulan por los pasillos de la OMPI, los padres de la Constitución de EE. UU. tenían hacia la propiedad intelectual una actitud de principio en favor de la competitividad. Sabían que los derechos podrían ser necesarios, pero... le ataron las manos al Congreso, restringiendo su poder de muchas maneras.
Esa cita se refiere al artículo 1, octava sección, cláusula 8 de la Constitución de los EE. UU., que autoriza la ley de copyright y la ley de patentes. La cláusula, sin embargo, no tiene nada que ver con la ley de marcas registradas, la ley de secreto comercial, ni varias de las demás. La expresión «propiedad intelectual» llevó a este profesor a hacer una falsa generalización.
La expresión «propiedad intelectual» también conduce a un pensamiento simplista. Hace que las personas se concentren en lo poco que estas leyes dispares tienen en común con respecto a la forma —el hecho de que crean privilegios artificiales para ciertos grupos— y que ignoren los detalles que las componen: las restricciones específicas que cada ley impone al público y las consecuencias que de ellas resultan. Centrarse de manera tan simplista en la forma favorece un enfoque «economicista» de todas estas cuestiones.
La economía funciona aquí, como muchas otras veces, como un vehículo para supuestos no comprobados. Estos incluyen supuestos sobre valores, como que la cantidad de producción es importante mientras que la libertad y el modo de vida no lo son, y dar por sentado hechos que casi siempre son falsos, como que el copyright en la música ayuda a los músicos o que las patentes farmacéuticas ayudan a la investigación para salvar vidas.
Otro problema es que, en la amplia escala implícita en la expresión «propiedad intelectual», las cuestiones específicas que plantean las diversas leyes se vuelven casi invisibles. Estas cuestiones surgen de las particularidades de cada ley, precisamente lo que la expresión «propiedad intelectual» induce a la gente a ignorar. Por ejemplo, una cuestión relacionada con la ley de copyright es si debe permitirse el intercambio para compartir música, pero la ley de patentes no tiene nada que ver con eso. La ley de patentes suscita cuestiones como si se debe permitir a los países pobres producir medicinas para enfermedades mortales y venderlas a bajo precio para salvar vidas, pero la ley de copyright no tiene nada que ver con eso.
Ninguna de ellas es por naturaleza una cuestión únicamente económica, y sus aspectos no económicos son muy diferentes. Si se analizan estas cuestiones desde el punto de vista económico, superficial y excesivamente generalizado, no podrán apreciarse las diferencias. Si incluimos ambas legislaciones en el mismo saco con la etiqueta «propiedad intelectual», veremos que eso obstruye nuestra capacidad para pensar claramente sobre cada una.
Así pues, cualquier opinión sobre «la cuestión de la propiedad intelectual» y cualquier generalización sobre esta supuesta categoría son casi seguramente absurdas. Si pensamos que todas estas leyes se refieren al mismo asunto, tenderemos a escoger nuestras opiniones entre una selección de amplias generalizaciones, ninguna de las cuales es correcta.
El rechazo de la «propiedad intelectual» no es un mero entretenimiento filosófico. Esa expresión causa auténtico daño. Apple la ha utilizado para distorsionar el debate en torno a la ley de Nebraska sobre el «derecho a reparar». Este falaz concepto le permitió a Apple ocultar su preferencia por el secretismo, que entra en conflicto con los derechos de sus clientes, como un supuesto principio al que los consumidores y el Estado deben someterse.
Si uno quiere pensar con claridad sobre las cuestiones suscitadas por las patentes, el copyright, las marcas comerciales u otras leyes, el primer paso es olvidar la idea de agruparlas y, por el contrario, tratarlas como asuntos separados. El segundo paso es rechazar el punto de vista estrecho y el panorama simplista que sugiere la expresión «propiedad intelectual». Examinemos estas cuestiones separadamente, en su totalidad, y tendremos la oportunidad de considerarlas correctamente.
Y en lo que se refiere a la reforma de la OMPI, existe una propuesta para cambiar su nombre y sus fundamentos.
Véase también The Curious History of Komongistan (Busting the term “intellectual property”).
La similitud entre los países del continente africano es mucho mayor que la similitud entre estas leyes, y «África» es un concepto geográfico coherente. No obstante, hablar de «África» en vez de un país específico da lugar a mucha confusión.
Rickard Falkvinge apoya el rechazo de esta expresión.
Cory Doctorow también rechaza el término «propiedad intelectual».